Principalmente blinda por ley el derecho a la atención universal y gratuita de los niños de hasta seis años con trastornos en su desarrollo o con riesgo de padecerlos, así como a sus familias y su entorno.

Se fijan 30 días como máximo para el diagnóstico de los menores desde el momento en el que se detecta el trastorno. Y otro plazo de tres meses para el inicio de la intervención.

Se redefine las Unidades de Atención Infantil Temprana como unidades de seguimiento y neurodesarrollo, que estarán ubicadas en Atención Primaria y actuarán como dispositivos específicos para el seguimiento, diagnóstico, orientación y valoración de las necesidades de los menores.

Concede también un papel más destacado a las familias como “eje fundamental” en el tratamiento, además de una mayor coordinación entre las consejerías de Salud, Desarrollo Educativo e Inclusión Social. Igualmente, apuesta por un mejor abordaje de los menores; establece un régimen sancionador para evitar casos de malas prácticas; apuesta por la investigación y la formación; contempla un plan individual de intervención; y un mejor acceso a los Centros de Atención Infantil Temprana (CAIT).

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