En el siguiente artículo se puede conocer la historia de Maite, madre acogedora de María desde que tenía 3 años hasta los 5, cuando se decidió que la menor tenía que irse en adopción y aún estando de acuerdo, acogedora, menor acogida e informes que veían favorable que esa adopción la llevase a cabo su acogedora, el sistema valenciano se lo negó, porque en Valencia para que una familia de acogida pueda adoptar al menor todas las familias que conforman la lista de adopción deben rechazar a la criatura.

La niña no quería marcharse pero se tuvo que marchar y ahora vive con su familia adoptiva sin que la de acogida sepa nada de ella. Para que situaciones como la de esta menor no se repitan, para que se persiga, ante todo, el bienestar del menor, la Asociación Estatal de Acogimiento Familiar (Aseaf) alza la voz. Porque éste no es el único caso que conocen. Y porque esta manera de actuar es una tónica general en la mayoría de las comunidades autónomas.

La asociación denuncia que, en la Comunitat Valenciana y en otras autonomías, si eres familia de acogida no lo eres de adopción y exigen un cambio y mayor flexibilidad en el sistema de acogida porque así no se tiene en cuenta el denominado “interés superior del menor”.

“Lo que pedimos es que se estudie cada caso a la hora de formalizar una medida de protección definitiva para un niño o niña bajo tutela administrativa. Ese trámite no se debe realizar de manera automática por la entidad pública, sino valorando si la protección de los derechos del niño va a quedar mejor garantizada con la permanencia en el seno de su familia de acogida (por la consolidación de unos vínculos familiares forjados, la estabilidad familiar y la identidad afectiva del niño o la niña) a través de un acogimiento permanente o una adopción”

Además, desde la entidad aseguran que expertos en psicología han mostrado su desacuerdo con esta manera de proceder de las administraciones. “Con estas actuaciones no se tiene en cuenta el conocimiento científico actual que señala la necesidad de evitar tránsitos de niños y niñas de una familia a otra que solo se justifican por problemas estructurales de la administración o por una legislación autonómica contraria a este sentir“, señala Jesús Palacios González, catedrático de Psicología Evolutiva y de la Educación de la Universidad de Sevilla.

Javier Múgica Flores, psicólogo y psicoterapeuta familiar especializado en acogimiento familiar subraya “Esta ruptura supone un nuevo abandono, aún más grave que el que propició la medida de protección inicial, dado que se impone sin existir ningún motivo de protección que lo justifique, con el consiguiente deterioro psíquico e incluso físico en el propio niño y una rotura total del entorno seguro establecido con su familia de acogida.”

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